Becas para la formación en materia de idiomas extranjeros de los miembros de la Carrera Fiscal y de los Cuerpos de Secretarios Judiciales, Abogados del Estado, Médicos Forenses y Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, durante el periodo septiembre 2008-agosto 2009
La presente Resolución tiene por objeto la convocatoria de becas, cuya concesión se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar actividades formativas en materia de idiomas extranjeros de los miembros de la Carrera Fiscal y de los Cuerpos de Secretarios Judiciales, Abogados del Estado, Médicos Forenses y Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses realizadas entre el 1 de septiembre de 2008 y el 31 de agosto de 2009, por un período mínimo de dos meses, en materia de idiomas extranjeros.
Tipo: Idiomas / Ayudas
Fuente y Fecha de convocatoria:
Boletin Oficial del Estado - Pincha aquí - 02/06/2009
Plazo:
El plazo de presentación de solicitudes finalizará a los 15 días de dicha publicación.
Requisitos:
Podrán ser beneficiarios de estas becas aquellos solicitantes en los que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Ser funcionario de carrera de la Carrera Fiscal en servicio activo.
b) Ser funcionario de carrera del Cuerpo de Secretarios Judiciales en servicio activo.
c) Ser Abogado del Estado en servicio activo.
d) Ser funcionario de carrera del Cuerpo Médico Forense o del Cuerpo Facultativo del Instituto Nacional de Toxicología y de Ciencias Forenses en servicio activo. En el supuesto de los miembros del Cuerpo de Médicos Forenses, para ser beneficiario además deberá estar destinado en una Comunidad Autónoma a la que no hayan sido transferidas las competencias en materia de Administración de Justicia.
Para ser beneficiarios los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Haber cursado o adquirido formación en la materia objeto de las becas en territorio nacional o en el extranjero, entre el 1 de septiembre de 2008 y el 31 de agosto de 2009, por un período mínimo de dos meses. No se abonarán los meses de septiembre y octubre de 2008 a los que hayan sido beneficiarios de la beca en la convocatoria de 2008 y hayan percibido cantidades por ese concepto.
b) Solicitar la beca para financiar la actividad formativa en un único idioma extranjero.
c) No estar incurso en ninguna de las circunstancias de exclusión previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Lugar de disfrute: Unión Europea - ESPAÑA
Características:
La cuantía de cada beca, dentro de la indicada dotación global prevista, ascenderá a la cantidad que se acredite como pagada por el beneficiario en concepto de la formación a la que se refiere esta convocatoria, con un límite máximo de 1.000 euros al año.
En el caso de que la dotación global presupuestaria prevista no permitiera atender la totalidad de las solicitudes de becas que se presenten, la convocatoria se resolverá atendiendo a los criterios de valoración expuestos en el artículo 4 de la Orden JUS/1232/2009, de 13 de mayo.
Solicitudes:
Los interesados formularán la solicitud de beca dirigida a la Directora del Centro de Estudios Jurídicos en el impreso oficial que se acompaña como anexo I a la presente Resolución.
Los solicitantes deberán indicar en el modelo de solicitud de estas becas, previsto en el anexo I, la antigüedad en el correspondiente escalafón y, en el caso de los Secretarios Judiciales, su pertenencia a la Categoría 1.ª, 2.ª ó 3.ª No será necesario acreditar estos datos, en tanto son públicos y obran en poder de la Administración.
La solicitud podrá ser presentada en el registro del Centro de Estudios Jurídicos (calle Juan del Rosal, n.º 2, 28040 Madrid) y en cualquiera de los registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Si la solicitud no estuviera debida y completamente cumplimentada, se requerirá al interesado para que subsane la falta en un plazo de 10 días, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, que se archivará sin mas trámites.
Para ser beneficiario de estas becas deberá presentarse al Centro de Estudios Jurídicos, hasta el 15 de septiembre de 2009, como último día de plazo, la siguiente documentación:
a) Modelo de presentación de facturas, que se adjunta a la presente convocatoria como anexo II, con listado de todas ellas, cumplimentado y firmado.
b) Factura o facturas originales a nombre del solicitante justificativas de los gastos realizados en concepto de formación (matrícula y clases o mensualidades) en la materia objeto de estas becas.
c) Certificado de asistencia y aprovechamiento de las clases de idiomas recibidas.
La documentación justificativa sólo podrá ser presentada a través de registros oficiales, como el registro del Centro de Estudios Jurídicos (calle Juan del Rosal, n.º 2, 28040 Madrid) o cualquiera de los registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El pago de la cuantía de la beca se abonará a los indicados beneficiarios a partir de la finalización del plazo de presentación de la citada documentación mediante transferencia bancaria al número de cuenta que se haya hecho constar en el impreso de solicitud.
La presentación de la documentación justificativa con posterioridad al 15 de septiembre de 2009 no dará derecho a la percepción de cantidad alguna.
Posted on
02/06/2009
by Ministerio de Justicia
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